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                                                      Albacete, 14/1/ 2002

El ayuntamiento logra el respaldo de los jueces para cerrar los tres pubs de Carretas sin licencia

No obstante, la clausura puede costarle a las arcas municipales una millonaria indemnización

J. F. L. • ALBACETE

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJC-M) ha dado la razón al Ayuntamiento de Albacete en su enfrentamiento legal con los propietarios de tres pubs del barrio de Carretas que abrieron sus puertas, al parecer, y según la opinión del consistorio municipal, sin contar con las oportunas licencias.

Tras el pronunciamiento del TSJC-M hace unas semanas en torno al caso del disco bar Gabanna, ahora, la Sala de lo Contencioso ha atendido el recurso de apelación interpuesto por los servicios jurídicos de la Casa Consistorial contra el auto de mayo de 2001 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Albacete, por el que se anuló la decisión municipal de no conceder definitivamente la licencia de apertura a los dos otros locales, Nueva Zona y Avalon, por lo que quedó sin efecto la resolución del alcalde, Manuel Pérez Castell, en la que ordenó el cierre de ambos establecimientos. Con las nueva sentencias, que serán dadas a conocer hoy a los grupos de la oposición en la comisión informativa de Medio Ambiente, el ayuntamiento puede ordenar el cierre de los tres disco-bares, es decir, Avalon, Gabanna y Nueva Zona.

Los argumentos de los jueces que han redactado esta sentencia se centran en que los establecimientos en cuestión funcionaban sin la oportuna autorización municipal de apertura o actividad, y éso, sin menoscabo de que el ayuntamiento concediese en su momento licencia de obras.

Actuaciones irregulares

Precisamente, la concesión de la licencia de obras a los establecimientos por parte del consistorio es considerada en las sentencias en cuestión como una actuación irregular de la administración, en este caso, del ayuntamiento, pero ésto, opinan los magistrados, no puede vincular, ni condicionar, ni excluir la necesidad de obtener licencia de actividad, tal y como ha señalado en alguna ocasión el Tribunal Supremo.

Sin embargo, este conflicto puede que no le salga gratis al ayuntamiento, ya que si finalmente lleva a cabo la orden de clausura de los tres locales, sus propietarios podrían solicitar a la Casa Consistorial una indemnización equivalente a la inversión que realizaron en su momento para poner en marcha los locales, a no ser que finalmente se les conceda la oportuna licencia de actividad. En unos días, la solución a este asunto.

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