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                                                      Albacete, 15/1/ 2002

Medio Ambiente abre un expediente de cierre al primer balneario urbano de Albacete

J. F. L. • ALBACETE

La comisión de Medio Ambiente decidió ayer abrir un expediente de cierre al primer balneario urbano de Albacete, situado en la calle San Sebastián, por la supuesta vulneración de la Ordenanza Municipal de Medio Ambiente (OMMA) en materia de ruidos y por carecer de licencia de apertura.

El concejal de Medio Ambiente, José Eduardo Martínez Valero, señaló que «se le dará un plazo para que corrija las irregularidades detectadas, y si no lo hace, se ejecutará la orden de clausura». Por su parte, el director de la instalación, Antonio Granero, dijo que después de que, el pasado verano, se les advirtiera desde el ayuntamiento que una vecina había denunciado exceso de ruidos por el sistema de aire acondicionado, «se tomaron las medidas oportunas, y se comunicó al ayuntamiento, y desde entonces (en octubre) no se nos ha comunicado nada». Granero apuntaba que la apertura de este expediente le pillaba de sorpresa «ya que nadie me había informado de nada». De la misma manera, la comisión de Medio Ambiente acordó, con los votos de PSOE e Izquierda Unida, ejecutar las sentencias que permiten al ayuntamiento cerrar tres disco pubs de Carretas al carecer de licencia de actividad. Martínez Valero dijo que «se va a tramitar la orden», y recordó que la única salida que le quedan a estos establecimientos es o cerrar o transformarse en cafeterías o bares sin actividad musical. Respecto a la posible indemnización que pueden solicitar los locales, el concejal dijo que «no sería por toda la inversión».


                             

Albacete, 15/1/ 2002

Los vecinos denuncian molestias por ruidos y mala salida de humos 

Cierre del parabalneario hasta que se subsanen las deficiencias detectadas

I.S.H.

La comisión de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Albacete ha aprobado el cese de actividad del parabalneario situado en la calle San Sebastián de la capital, ante la existencia de denuncias de los vecinos por ruidos, y no haberse cumplido las medidas correctoras que se propusieron en su día, al tiempo que todavía se encuentra en proceso de tramitación de licencia de apertura.

El parabalneario se encuentra situado en la calle San Sebastián

En la comisión celebrada ayer se vio el informe que emitió con fecha 13 de noviembre la Unidad Verde del Ayuntamiento donde se ponía de manifiesto que la actividad carece de licencia de apertura que actualmente se encuentra en trámite. Asimismo se detectó que se infringe el artículo 275 de la Ordenanza Municipal de Medio Ambiente al superar los niveles sonoros en el interior de las viviendas por lo que se debían adoptar medidas correctoras para que el nivel de ruido no superase los 30 dB(A) decibelios.

Se indicaba además que el artículo 310.2 de la OMMA prohíbe la puesta en funcionamiento o la instalación de máquinas o fuentes de ruido que originen en los edificios contiguos o próximos, niveles de ruido superiores a los límites indicados en el artículo 275, por lo que debe prohibirse la utilización del aire acondicionado hasta en cuanto se adopten medidas correctoras que garanticen la no transmisión de niveles de ruido superiores a los 30dB (A).

Además se indica que el nivel de ruido transmitido por el aparato de aire acondicionado excede el límite autorizado en 1,2 dB (A), lo que constituye según la modificación del artículo 346 de la OMMA una infracción tipificada como leve, correspondiendo las sanciones indicadas en la ordenanza.

Asimismo, y según el artículo 182.2 de la OMMA la chimenea de evacuación de gases de la caldera debe tener una altura superior para adaptarse a lo establecido por dicho artículo.

A este informe se ha unido otro del servicio de Salud Ambiental en el que se recuerda la interposición de dos denuncias por ruidos por parte de dos vecinos; así como los resultados de la inspección que realizó en su día, y las carencias detectadas anteriormente, por lo que a únales de septiembre se requiere a la actividad que proceda a realizar las medidas correctoras pertinentes, dándole el plazo de un mes para que las lleve a cabo, y advirtiendo que las mencionadas medidas deberán estar justificadas con certificación técnica visada por el Colegio Oficial correspondiente.

MEDIDAS NO EFICACES

Transcurrido dicho tiempo, y supuestamente realizadas las pertinentes obras, la Unidad Verde vuelve a realizar una visita comprobándose que las medidas correctoras efectuadas por la actividad no han sido eficaces y se sigue incumpliendo el artículo 182.2 y 275 de la OMMA.

Por ello ayer se proponía el cese de la actividad por carecer de la licencia de apertura e incumplimiento de los mencionados artículos, relativos a excesos de ruidos y salidas de humos, hasta que se obtenga la preceptiva licencia de apertura y se realicen las medidas correctoras adecuadas y se compruebe por parte de los técnicos su eficacia.

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